En consecuencia, este Juzgado del Municipio San Fernando de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: CON LUGAR la Oposición efectuada por la ciudadana EVA MELO, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N°. 8.162.869, asistida por los Abogados JOSE GREGORIO VILLAFAÑA M, y MILAGROS VALENTINA GARCIA MEZA, en contra de la Medida Preventiva de Embargo, dictada por este Juzgado en fecha 13 de Octubre de 2004 y Ejecutada por el Juzgado Ejecutor de Medidas de este misma Circunscripción Judicial, en fecha 02 de Marzo de 2005.
SEGUNDO: Se ordena suspender la Medida de Embargo Preventivo sobre los siguientes bienes muebles: 1°) Un Juego de Recibo constante de tres (3) piezas color naranja con mesa de centro redonda y vidrio. 2°) Un Juego de recibo en madera y Hierro Forjado, cojines constante de tres piezas y mesa. 3°) Un (1) cuadro de 1 mts., x 1,2.....