Este Juzgado del Municipio San Fernando de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil y sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, DECLARA: TITULO SUPLETORIO DE PROPIEDAD Y POSESIÓN, suficiente sobre el conjunto de bienhechurias construidas en un lote de terreno constante de CIENTO DOS MIL CON NOVENTA Y CINCO METRO (102,95 M2), propiedad Municipal, ubicado en el Barrio Caujarito, de esta ciudad de San Fernando de Apure, Estado Apure; comprendidas dentro de los siguientes linderos y medidas: NORTE: Casa de Rosa Mota, en (7,06 Mts.); SUR: Vereda, en (7,10 Mts.); ESTE: Casa de Ramona Pérez, en (14,50 Mts.); y OESTE: Casa, de Aura Colina, en (14,50 Mts.), Dichas bienhechurias constan de: Una casa de habitación construida en mampostería con techo de loza cero, de tres habitaciones, un.....