Solicito al Tribunal y por cuanto he convenido con la ciudadana ANA MENDOZA, notificada, antes identificada, a que la misma desalojará el inmueble en un lapso de treinta (30) días continuos, contados a partir del día de hoy, y téngase el presente juicio como autoridad de cosa Juzgada ya que la misma reconoce como propietario al demandante, es todo. El Tribunal vista la solicitud anterior hecha por la parte actora asistida de Abogado y el convencimiento realizado y no teniendo ninguna otra diligencia que hacer, da por terminado el acto y ordena el regreso a su sede natural