El Tribunal visto el señalamiento anterior hecho por la Apoderada Judicial de la parte actora y la información suministrada por el notificado Administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la ley, declara formalmente Embargada Ejecutivamente la cantidad de DOS MILLONES SEISCIENTOS MIL BOLÍVARES (Bs.2.600.000), la misma será deducida de la Cuenta Corriente N° 305887371-2, perteneciente a la FUNDACIÓN DEL NIÑO DEL MUNICIPIO BIRUACA DEL ESTADO APURE, y declara la desposeción Jurídica de la misma. Seguidamente se ordena al notificado emitir Cheque de Gerencia por la cantidad antes mencionada a nombre del Juzgado del Municipio Biruaca de la Circunscripción Judicial del Estado Apure. Seguidamente el Notificado, hace entrega de un Cheque de Gerencia N° 09064249, a nombre del mencionado Tribunal. Seguidamente este Tribunal Ejecutor recibe el Cheque de Gerencia. Seguidamente la Apoderada Judicial de la parte actora solicita el derecho de palabra .....