El Tribunal vista la exposiciones anteriores y por no ser competencias del Tribunal Ejecutor decidir sobre lo planteados por las partes, se limita a recibir el Cheque de Gerencia que fue consignado por el representante de la parte demandada en este acto y a cuerda remitir la presente actuación el Tribunal de la causa para que decida lo que sea conveniente en la presente causa, es todo. Concluida la misión del Tribunal da por Terminado el acto y ordena el regreso a su Sede natural siendo las 4:10 pm. Termino se leyó y conformes firman.-La Juez Prov. Dra. Ligia G. Puerta V. Los Abogados Actores .Ángel R. Martínez- Armando Arévalo. La Parte Demandada y su Abogado Asistente. Raúl Molina- Héctor Espinoza. El jefe de la Com. Policial. Sandro Padilla C.I 12.901.628. El Alguacil, Temp. José Espinoza. La Secretaria, Temp. Dra. Maria Mercedes A.-
COM-N° 03-1295.-
AF.-