DECLARA PRIMERO: CON LUGAR la demanda incoada por la ciudadana Miriam Civaira Gallardo, contra El Municipio Rómulo Gallegos del Estado Apure, ambos plenamente identificados a los autos, y en consecuencia, condena a la demandada a pagar a la ciudadana Miriam Civaira Gallardo la cantidad de Dieciséis Millones Noventa y Siete Mil Setecientos Ochenta y Dos Bolívares con Veinte Céntimos(Bs. 16.097.782,20), por concepto de Prestaciones Sociales y otros beneficios laborales, derivados de la relación laboral que la unió con el Municipio Rómulo Gallegos del Estado Apure.
SEGUNDO: Por cuanto nuestro Máximo Tribunal ha declarado como materia de orden público el reajuste por inflación de las causas laborales, lo cual hace obligante el pronunciamiento de indexación como parte integrante de toda decisión judicial relativa a esta materia. Consecuencialmente, y de acuerdo a lo estatuido en el artículo 321 del Código de Procedimiento Civil, se ordena el ajuste monetario de la suma de dinero q.....