Administrando Justicia en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela, dando cumplimiento a las disposiciones contempladas en los Tratados Internacionales sobre Derechos Humanos suscritos y ratificados por Venezuela, específicamente los Artículos 19 del Pacto de San José de Costa Rica, y el Artículo 24 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, así como los Artículos 3 y 6 de la Convención sobre los Derechos del Niño, aplicables de manera inmediata y directa por los Tribunales de la República, conforme lo dispone el Artículo 23 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, admite y HOMOLOGA el desistimiento interpuesto por los ciudadanos ROSA ELENA GONZALEZ PEREZ, titular de la cédula de identidad N° V-11.757.038 conjuntamente con el ciudadano CESAR ANTONIO PIÑERO, plenamente identificados y le imparte la respectiva HOMOLOGACIÓN, de conformidad con lo previsto en el articulo 263 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con el articulo 75 de l.....