UNICO: Perecido el Recurso de Apelación, ejercido por los Abogados MANUEL GONZALEZ, LUIS EDUARDO LIMA y JOHAN LISANGEL GARCIA, inscritos en el Inpreabogado bajo los Nros. 238.750, 94.162 y 244.721, en su orden, en sus condiciones de Apoderados Judiciales de los ciudadanos RAFAEL LIANG REQUENA y JIA LI CEN, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V° 20.724.328 y V° 27.653.837, respectivamente, partes recurrentes en la presente causa, actuando contra la Decisión de fecha Veintiséis (26) de Mayo del Dos Mil Veinticinco (2025), emitida por el Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución del Circuito Judicial de Protección, de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, con sede en San Fernando de Apure. ASI SE DECIDE.
Publíquese, regístrese, y remítase al Tribunal de Origen, Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución del Circuito Judicial de Protección, d.....