Por los razonamientos antes expuestos, este Tribunal Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, ORDENA el DESPACHO SANEADOR de la demanda que encabeza las presentes actuaciones, y en consecuencia: PRIMERO: Se ordena a la parte actora, ciudadano RAFAEL GUSTAVO ALFÉREZ MIRABAL, que dentro de los cinco (05) días de despacho siguientes a la presente fecha, proceda a subsanar el libelo de la demanda en los términos supra expuestos, esto es: 1. Aclarar el carácter con el cual comparece. 2. Estimar el valor de la demanda conforme al valor actual del bien objeto de partición. 3. Pronunciarse sobre la situación procesal de cada uno de los coherederos no comparecientes, indicando si ratifican la demanda como coactores o deben citarse como litisconsortes pasivos; y 4. Indicar, respecto de cada uno de los dieciséis (16) .....