Por la motivación que antecede este Juzgado Superior Estadal Contencioso Administrativo de la de la Circunscripción Judicial del Estado Apure y Municipio Arismendi del Estado Barinas, administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley Admite el libelo de demanda contentivo de Querella Funcionarial (Cobro por Retención de Salarios), ejercido el abogado Carlos Andrés Salas García, titular de la cédula de identidad Nro.V-10.616.193, e inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado (I.P.S.A.) bajo el Nº 253.810, actuando en este acto como Apoderado Judicial de la ciudadana Mary Minolis Carrero, titular de la cédula de identidad N°. V-11.757.260, contra la Gobernación del Estado Apure.