PRIMERO: Se declara NO CULPABLE, al ciudadano FRANKLIN OCTAVIO LÓPEZ, titular de la cédula de identidad N° 9.594.457, de nacionalidad venezolana, fecha de nacimiento 10/08/1959, con la edad de 66 años, residenciada en el Guasimo 1, casa N° 23-A. Municipio San Fernando. Estado Apure, por el delito de FALSEDAD CON COPIA DE ACTO PUBLICO, previsto y sancionado en el artículo 319 del Código Penal Venezolano, y como consecuencia de ello se ABSUELVE, al acusado de autos, por la comisión del delito antes descrito, todo ello en concordancia con lo establecido en el artículo 49 numeral 2º de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, y artículo 8 del Código Orgánico Procesal Penal.
SEGUNDO: Se declara NO CULPABLE, a la ciudadana YRAIMA JOSEFINA MOTA DE LÓPEZ, titular de la cédula de identidad N° 8.167.127, de nacionalidad venezolana, de Profesión u oficio del Hogar, fecha de nacimiento 19/05/1960, de 65 años, residenciada en el Guasimo 1, casa N° 23-A. Municipio San Fernando. .....