Por las razones precedentemente expuestas, este Juzgado Superior Estadal Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial del Estado Apure y Municipio Arismendi del Estado Barinas, impartiendo justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: INADMISIBLE "In Limine Litis", la pretensión de Amparo interpuesto por el ciudadano CARLOS JOSE MONSERRATE JIMENEZ, titular de la cédula de identidad N°V-12.900.744, debidamente asistido por la abogado en ejercicio TRINA RAYMAR MOTA, Inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 101.943, contra el INSTITUTO NACIONAL DE INVESTIGACIONES AGRÍCOLAS (INIA).