En consecuencia, este TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIÓN DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO APURE, EXTENSIÓN GUASDUALITO, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, ACUERDA PRIMERO: Admitir la precalificación Fiscal, en contra del ciudadano HERNANDEZ VARGAS ENDER JAVIER, de nacionalidad colombiana, titular de la cédula de ciudadanía Nº 1.014.183.915, hijo de Gloria Elena Hernández, natural de Arauca, República de Colombia el 31 de Marzo de 1987, por la presunta comisión del delito de Falsa Atestación , previsto y sancionado en el artículo 320 del Código Penal cometido en perjuicio del Estado Venezolano. SEGUNDO: Se decreta la aprehensión de flagrancia, conforme al artículo 248 del Código Orgánico Procesal Penal. TERCERO: La continuación del proceso por el procedimiento Ordinario, de conformidad con lo establecido en el artículo 373 Código Orgánico Procesal Penal. CUARTO: Por cuanto la pena de este deli.....