Se decreta Medida de Embargo  Ejecutivo de conformidad con lo dispuesto  en el articulo 527 numeral 1 del Código de Procedimiento  Civil, hasta por la cantidad de CUATRO MIL CINCUENTA BOLÍVARES ( 4.050,00 Bs), por concepto de mensualidades vencidas y no pagadas, correspondiente a Bono decembrino de los años 2008 y 2009, obligación de manutención desde el mes  de enero a  Diciembre del año 2009, desde el mes  de Junio a Diciembre de 2010, Enero, Febrero, Marzo y Abril del año 2011. Para lo cual se ordena oficiar a la  Alcaldía Municipal,  Departamento de Recursos Humanos  de la mencionada Institución, a los fines de hacer efectivo dicha medida. En lo sucesivo deberá descontar el órgano empleador la cantidad de CIENTO CINCUENTA BOLIVARES (150,00 Bs) mensuales, por concepto de obligación de manutención, y para el mes de  diciembre la cantidad de TRESCIENTOS BOLÍVARES (300,00 Bs) en ocasión a las festividades decembrinas. Así mismo de conformidad con lo dispuesto en el artículo 466 literal.....