DECLARA: PRIMERO: Admite totalmente la acusación presentada por el Fiscal del Ministerio Público, ABG. PAOLA CASTILLO, en contra del ciudadano: JESUS RAFAEL CEBALLO HIDALGO, titular de la cedula de Identidad Nº 24.200.263, así mismo se admiten los medios de prueba por ser útiles pertinentes y necesario; todo de conformidad con el artículo 313 ordinales 2° y 9° del Código Orgánico Procesal Penal; SEGUNDO: Se admite en su totalidad las pruebas presentadas y plasmadas anteriormente en su exposición por parte de la vindicta pública en su EXPERTOS:.1.- Declaración del Experto Detective Maryury Aranguren, adscritos a la Subdelegación "A" del C.I.C.P.C.- Apure, quien suscribió EXPERTICIA DE QUIMICA BOTANICA Nª 157, de fecha 12-09-2014.- 2.- Declaración de los funcionarios OF/A. JUAN RIVAS, OF. CARREÑO RAMON Y OF. PEREZ LUIS, adscritos a la Coordinación Policial Nª 07 de Biruaca, Estado Apure, funcionarios quienes practicaron la INSPECCION TECNICA, del sitio del suceso.- TESTIMONIALES: 1.- De.....