DECLARA CON LUGAR la presente solicitud y por ende bastante y suficiente las presentes actuaciones a favor de los Niños Se omite de conformidad con lo establecido en el artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, y de la ciudadana JULIA DAYANA BELTRÁN AGUIRRE, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nro. 21.293.753, en sus condiciones de Hijos y Concubina del de cujus ROBERT PAULINO PÉREZ TOVAR, quien fuera venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. 16.270.969, como "UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS".-