DISPOSITIVA
En consecuencia, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil de Transito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: : PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda de DIVORCIO incoada por el ciudadano WILHELM RAFAEL OLMEDO HERNANDEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N°8.729.192, contra la ciudadana GLADYS COROMOTO CAMPOS MILLAN, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 10.918.400.
SEGUNDO: PROCEDENTE LA ACCIÓN DE DIVORCIO FUNDAMENTADA EN LA CAUSAL 2° DEL ARTÍCULO 185 DEL CODIGO CIVIL, relacionada con abandono voluntario. En consecuencia SE DECLARA DISUELTO el vinculo matrimonial contraído por ellos en fecha 28 de Marzo de 1.998, ante el Registro Civil del Municipio Libertador del Estado Aragua, según se evidencia del Acta asentada bajo el N° 09, correspondiente al año1.988; .....