DISPOSITIVA
Por todo lo antes expuesto, este Tribunal Primero de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad del Circuito Judicial Penal del estado Apure, Administrando Justicia, en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley; Declara: ÚNICO: Improcedente la concesión del Destacamento de Trabajo como formula Alternativa de Cumplimiento de Pena al ciudadano MIGUEL ANGEL SANCHEZ, venezolano, soltero, de Veintidós (22) años de edad, nacido el 29 de Octubre de 1983, natural del Estado Carabobo, de profesión u oficio Agricultor, titular de la cedula de identidad personal N° 16.272.837, residenciado Camaguán, calle Guarico, casa N° 39, Estado Guarico; por no concurrir en su caso, los requisitos contenidos en el Articulo 501 del Código Orgánico Procesal Penal, específicamente en su numeral 3°. Publíquese. Regístrese. Notifíquese.-
El Juez Primero de Ejecución
Dr. David Oswaldo Bocaney