PRIMERO: Se acuerda con lugar la aprehensión en flagrancia, en contra del ciudadano BOLIVAR BOLIVAR JOSE ISRAEL, titular de la Cédula de Identidad No. 24.627.657, conforme a lo establecido en el artículo 93 de la Ley Especial.SEGUNDO: Se decreta el procedimiento especial conforme al artículo 94 de la Ley Orgánica Sobre El Derecho de la Mujer a una Vida Libre de Violencia, así como la admisión de la precalificación que ha efectuado el ciudadano representante de la vindicta publica de: Violencia Física, previsto y sancionado en el artículo 42 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una vida Libre de Violencia, y Violencia Psicológica, previsto y sancionado en el artículo 39 ejusdem, en perjuicio de la Ciudadana CASTILLO ROMERO YOLMAR BIANNE. TERCERO: Se declara CON LUGAR, la solicitud Fiscal de imposición de MEDIDAS DE PROTECCIÓN, considerando que la victima CASTILLO ROMERO YOMAR BIANNE, es concubina del agresor y en resguardo de ella misma, la prohibición de acercarse al l.....