En base a las consideraciones de hecho y de derecho antes expuestas, este Juzgado Superior en lo Civil (Bienes), Contencioso Administrativo y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Apure y Municipio Arismendi del estado Barinas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: Parcialmente Con Lugar, el Recurso Contencioso Administrativo Funcionarial interpuesto por el ciudadano Eduar Josué Castillo Beroes, representado judicialmente por la Abogada Yurveida Argelia Jiménez Lara, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado (I.P.S.A.) bajo el Nº 137.233, contra las actuaciones materiales o vías de hecho provenientes de la Alcaldía del Municipio Achaguas del Estado Apure.
SEGUNDO: Se ordena la Reincorporación del funcionario Eduar Josué Castillo Beroes, al cargo que ocupaba para el momento que fue excluido de nomina.
TERCERO: Se ordena cancelar al recurrente las sumas de dinero que haya dejado de percibir desd.....