Por todos los razonamientos antes expuestos este TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA PENAL EN FUNCIÓN DE EJECUCIÓN DE PENAS Y MEDIDAS DE SEGURIDAD DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO APURE, EXTENSIÓN GUASDUALITO, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECIDE: 1.- La suspensión del proceso, que se le sigue al ciudadano ZAMBRANO TORRADO JUAN CARLOS, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 15.547.330, natural de Maracaibo, Estado Zulia, nacido en fecha 02 de diciembre de 1975, casado; quien fue condenado por la comisión del delito de Robo Propio en grado de frustración, previsto y sancionado en el artìculo 455 en concordancia con el artìculo 80 del Código Penal hasta que desaparezca la incapacidad, por lo que una vez mejore su estado de salud mental deberá presentarse ante este tribunal a los fines de cumplir con la pena impuesta. 2.- De igual manera, y de conformidad con el informe médico psi.....