DISPOSITIVA
Por todo lo antes expuesto, este Tribunal Segundo de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Apure, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
UNICO: Sin lugar, el Decaimiento de la Medida Privativa de Libertad, impuesta a los acusados Kennys Ubandi Gómez, Carlos Nieves Rodríguez y Pedro Humberto Blanco, titulares de las Cédulas de identidad 14.693.643, 15.512.024 y 16.272.112 respectivamente, planteamiento formulado por la defensa privada representada por los Abogados Roberto Corona y José Angel Hurtado, enjuiciados por los delitos de ocultamiento de sustancias estupefacientes y psicotrópicas, extorsión, uso indebido de armas de guerra, privación ilegítima de libertad y asociación, negativa fundamentada principalmente en los artículos 29 y 271 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y en relación al artículo 244 del Código Orgánico Procesal Penal, auna.....