Con fundamento a las consideraciones antes expuestas, este Juzgado del Municipio San Fernando de la Circunscripción Judicial del Estado Apure administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley: DECLARA: 1°) CON LUGAR la Demanda de COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES intentó el ciudadano ELISEO DE JESUS CUERVO HERNANDEZ, venezolano, mayor de edad, Abogado, titular de la Cédula de Identidad Nº. 4.344.340, inscrito en el Inpreabogado bajo el N°. 50.503, actuando en su propio nombre y representación contra la GOBERNACION DEL ESTADO APURE, en la persona de sus representantes. 2°) Se Condena a la GOBERNACION DEL ESTADO APURE, quien deberá cancelarle al demandante ciudadano ELISEO DE JESUS CUERVO HERNANDEZ, ya identificado, las Prestaciones Sociales correspondientes a ONCE (11) MESES y DIECISÉIS (16) DIAS, desde el 25 de Agosto de 1.999 y culminó el día 11 de Agosto del 2000, con un sueldo mensual de TRECIENTOS NOVENTA Y SEIS MIL BOLIVARES .....