AUTORIZA AMPLIA Y SUFICIENTEMENTE a la ciudadana ROSAIMA JAKELINE ROMERO DE MELENDEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V- 18.613.831, para que en su condición de madre y representante legal del niño (Se omite la identidad de conformidad con lo establecido en el Articulo 65 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente) y el niño Por Nacer, gestione por ante los Organismos competentes el cobro de todos los Beneficios Sociales que puedan corresponderles a los niños, con motivo del fallecimiento de su Padre el ciudadano: JOSE ALEINE MELENDEZ ROMERO, quien era venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V- 13.640.212. Igualmente queda AUTORIZADA para retirar los cheques a nombre de este Tribunal en dichos Organismos. Advirtiéndosele que los beneficios deben ser cancelados en cheque de GERENCIA a nombre de este Tribunal y consignarlo para su debida administración por ser bienes de niños.