DISPOSITIVA
Por todo lo antes expuesto, éste Tribunal Segundo de Control del Circuito Judicial penal del Estado Apure, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, acuerda:
UNICO: CON LUGAR LA SOLICITUD DE PRORROGA, que en fecha: 02 de marzo de 2012 interpusiera el ciudadano Fiscal Auxiliar Primero del Ministerio Público, de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, Abogado CARLOS VILLANUEVA; en la presente causa signada Nº 2C-14.980-12, según nomenclatura de este Tribunal y 04-F1-1142-12, nomenclatura de la Fiscalía de origen; en consecuencia se conceden a la referida Fiscalía del Ministerio Público, un plazo de quince (15) días continuos, contados a partir del día siguiente a la fecha en que fenecieron los treinta (30) días, dentro de los cuales, o a su término, deberá formalizar ante este Tribunal, el acto conclusivo de la investigación que estime a lugar. Notifíquese. Ofíciese lo conducente. Cúmplase.
EL JUEZ SE.....