DECLARA: PRIMERO: CON LUGAR la acción de DIVORCIO 185-A, instaurada por los ciudadanos ALBERTO JOSE GALINDO RAMOS e ISAURA MERALI MELECIO SALAZAR, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de Identidad Nos. 19.325.364 y 24.985.251, en su orden, según el Artículo 185-A del Código Civil, y en consecuencia, se declara disuelto el vinculo matrimonial que los unía, contraído el día 06 de Abril del año 2.006, por ante el Registro Civil del Municipio Biruaca del Estado Apure, según Acta Nro. Cuarenta y Nueve (049).