PRIMERO: SIN LUGAR LA IMPUGNACIÓN A LA ESTIMACIÓN DE LA CUANTÍA, formulada por los Abogados en ejercicio ELICAR ASCANIO SOLÓRZANO y JESÚS WLADIMIR CÓRDOBA BOLÍVAR, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad N° V-11.796.346 y V-15.359.729, respectivamente, inscritos en el Inpreabogado bajo el N° 156.607 y 133.170, respectivamente, actuando con el carácter de apoderados judiciales de la parte demandada ciudadano ADELSI JOSÉ HIDALGO AGUILAR, venezolano mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-9.983.670, con domicilio procesal ubicado en la Calle Girardot cruce con Calle Sucre, al lado del establecimiento Mercantil peluquería "Adi", de ésta ciudad de San Fernando de Apure, municipio San Fernando del estado Apure; expresando que la cuantía de la presente demanda es la estimación que hizo la parte demandante en su reforma del libelo de demanda, es decir, la cantidad de: OCHOCIENTOS NOVENTA Y TRES MIL TRESCIENTOS OCHO BOLÍVARES CON 31/100 CTS. (Bs. 893.30.....