Por todo lo antes expuesto que, este TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA PENAL EN FUNCIÓN DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO APURE EXTENSIÓN GUASDUALITO, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley PRIMERO: ADMITE TOTALMENTE la Acusación presentada por la Fiscalía Tercera del Ministerio Público, en contra del imputado MUÑOZ HERNANDEZ FREDDY ALBERTO, venezolano, de 24 años de edad, titular de la cédula de identidad Nº V.- 16.487.754, nacido en Guasdualito, Estado Apure, en fecha 28-07-1984, de estado civil soltero, hijo de Carmen Hernández y Freddy Alberto Muñoz, residenciado en la Barra Vieja, casa Nº 6, a una cuadra de la Alcaldía Menor, Guasdualito, Estado Apure, por la comisión del delito de VIOLENCIA FÍSICA, previsto y sancionado en el artículo 42 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, cometido en perjuicio de la ciudadana Yelitza García, ya identificada. SEGUNDO: Se admite.....