DISPOSITIVA.
Por las consideraciones antes expuestas, éste JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, DE TRANSITO Y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO APURE, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de
Ley, DECLARA:
PRIMERO: CON LUGAR la oposición formulada por el Abogado Juan Cordoba Serrano, en su carácter de Apoderado judicial de los codemandados BRUMELY ZORAIDA RODRIGUEZ DE FERRER Y JAVIER DARIO FERRER RODRIGUEZ, Venezolanos, Mayores de Edad, Titulares de las Cédulas de Identidad Nos.-, 8.159.669 y 20.230.272, respectivamente.
SEGUNDO: Se Declara la Prescripción de la Acción, incoada por los abogaos MANUEL SALVADOR PEREZ BERDUGO Y VICENTE OSKAR LEONE, Venezolanos, Mayores de Edad, Titulares de las Cédulas de Identidad Nos.- 13.489.461 y 10.601224, inscritos en el I.P.S.A, bajo los Nos.- 91.568 y124.888, en contra de los ciudadanos BRUMELY ZORAIDA RODRIGUEZ DE FERRER Y JAVIER DARIO FE.....