DISPOSITIVA
Por todos los argumentos antes explanados, este Juzgado Primero de Primera Instancia Agraria de la Circunscripción Judicial del Estado Apure y del Municipio Arismendi del Estado Barinas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, NIEGA LA ADMISIÓN DE LA APELACIÓN propuesta por el Abogado MIGUEL GONZÁLEZ MORENO, venezolano, mayor de edad y titular de cédula de identidad Nº V- 1.918.079, e inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 20.680, e su carácter de apoderado judicial de la ciudadana RUDYS DEL VALLE GIL CASTILLO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-17.200.728, parte accionada en el presente juicio. Así se decide.
Finalmente, se informa a la parte recurrente, que podrá ejercer el Recurso de Hecho, en el lapso previsto en el artículo 305 del Código de Procedimiento Civil.-
Dada, firmada y sellada en la sala del despacho del Juzgado Primero de Primera Instancia Agraria de la Circu.....