DECLARA:
PRIMERO: CON LUGAR la acción de DIVORCIO 185-A, instaurada por los ciudadanos NILA CAROLINA OLIVERO RIVERO y JOSE DEL VALLE VENERO, titulares de las cedulas de identidad Nros. 16.529.589 y 9.595.565, en su orden, debidamente asistidos de Abogado, según el Artículo 185-A del Código Civil, y en consecuencia, se declara disuelto el vinculo matrimonial que los unía, contraído el día doce (12) de Agosto del año 2010, por ante el Registro Civil de la Parroquia El Recreo Municipio San Fernando, Estado Apure, según Acta Numero Veintitrés (23).