Por las razones antes, expuestas, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, de Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA:
PRIMERO: MEDIDA DE PROHIBICIÓN DE ENAJENAR Y GRAVAR, de conformidad con el artículo 600 en concordancia con el artículo 588 ordinal 3° del Código de Procedimiento Civil, sobre un inmueble consistente en un apartamento, ubicado en la avenida Chimborazo, cruce con calle Municipal, comprendido dentro de los siguientes linderos: NORTE: casa es o fue de Julio Aray, donde funciona el Teatro Arauca; SUR: Calle Municipal; ESTE: Avenida Chimborazo; y OESTE: Propiedades que son o fueron de Felix Silva, Ramon Ceballos, Guillermo Villanueva. El cual se encuentra Protocolizado en la Oficina de Registro Público durante el Primer Trimestre del año 1990, anotado bajo el N° 67, Folios 132 al 136, del Protocolo Primero, Tom.....