Se Admite el recurso contencioso administrativo de nulidad interpuesto por la abogada, KATIUSKA CILEN MORALES LOVERA, venezolana mayor de edad, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 93.842, actuando en su condición de apoderada judicial del Instituto Autónomo De Salud Del Estado Apure, mediante el cual ejerce Recurso Contencioso Administrativo De Nulidad, contra el acto administrativo contenido en la providencia Administrativa Nº 682, de fecha 28 de marzo de 2006, dictada por la Dra. Alba Espinoza Colmenares, en su condición de Inspectora En consecuencia, adóptese el procedimiento previsto en el parágrafo 12 del artículo 21 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia. Por tanto precédase a dar aviso mediante oficio a la Dra. Alba Espinoza Colmenares, en su carácter de Inspectora del Trabajo del Estado Apure, al Dr. Julián Isaías Rodríguez, en su Condición de Fiscal General de la República, a quien se le conmina a presentar un informe a cerca del caso de autos, antes del venci.....