DECISIÓN
Por todos los razonamientos antes expuestos, este Tribunal Primero de Primera Instancia en Funciones de Control, del Circuito Judicial Penal del Estado Apure, con sede en la ciudad de San Fernando, Administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la Autoridad que la ley le confiere, DECLARA:
PRIMERO: Se deja sin efecto la verificación de las condiciones impuestas en fecha 01 de Julio de 2016, toda vez que se pudo verificar el incumpliendo de el ciudadano FRANCISCO GABRIEL BEJAS GALLARDO, Titular de la Cédula de Identidad Nº V-18.727.675, por la comisión del delito: LESIONES PERSONALES LEVES EN RIÑA, previsto y sancionado en el artículo 416 en concordancia con el artículo 425 del Código Penal Venezolano.
SEGUNDO: Se insta a la Fiscalía Cuarta que emita el acto conclusivo correspondiente en lapso de sesenta (60) días continuos posteriores a recibir la boleta de notificación, de conformidad con lo establecido en el artículo 362 en su numeral .....