HOMOLOGA en todas y cada una de sus partes, en los términos y condiciones por ellos establecidos, en la suma de SESENTE MIL BOLIVARES (Bs. 60.000,oo) mensuales a partir de la presente fecha, mas aportes extras en el mes de Septiembre TREINTA MNIL BOLIVARES (Bs. 30.000,oo) y en el mes de Diciembre de cada año el monto de SESENTA MIL BOLIVARES (Bs. 60.000,oo). Todo de conformidad con los artículos 359, 351, 387 y 366 de la Ley Orgánica de Protección del Niño y del Adolescente.-