Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, este TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA PENAL EN FUNCIÓN DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO APURE, EXTENSIÓN GUASDUALITO, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Decreta el SOBRESEIMIENTO de la causa instruida en contra de DESIRE DEL VALLE SILVA DE ZAMBRANO, titular de la cédula de identidad Nº V-16.487.681, residenciada en el sector Toro Pintao Guachivá, casa s/n, Guasdualito, estado Apure, por la presunta comisión del delito de VIOLENCIA FÍSICA, cometido en perjuicio de la niña SE OMITE SU IDENTIDIAD POR SER NIÑA; todo de conformidad con lo establecido en el numeral 4 del artículo 318 del Código Orgánico Procesal Penal. Notifíquese a las partes. Remítase la causa como concluida al Archivo Judicial en su oportunidad legal.