Por todo lo antes expuesto que este TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA PENAL EN FUNCIONES DE EJECUCIÓN DE PENAS Y MEDIDAS DE SEGURIDAD DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO APURE, EXTENSIÓN GUASDUALITO, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, DECLARA EXTINCIÓN DE LA RESPONSABILIDAD CRIMINAL, a favor del penado RAFAEL CARVAJAL GUILLEN, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V.- 16.983.169, , de 25 años de edad, , residenciado en el Barrio José Félix Rivas, Sector el Manguito, calle principal, casa sin número, Guasdualito, Estado Apure, quien fue condenado por la comisión de los delitos de LESIONES INTENCIONALES GRAVES Y LESIONES INTENCIONALES LEVES, previstos y sancionados en los artículos 415 y 416 del Código Penal, cometido en perjuicio de la ciudadana Martha Ludy Rincón Peñaloza y Yorman Carvajal. En consecuencia, queda RAFAEL CARVAJAL GUILLEN, en Libertad Plena. Todo de conformidad con el artículo 105.....