DECISION
Por todos los razonamientos antes expuestos, este Tribunal Segundo de Primera Instancia en lo Penal en funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Apure, con sede en la ciudad de San Fernando, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad que le confiere la Ley, de conformidad con lo previsto en el artículo 301 del Código Orgánico procesal Penal, declara con lugar la solicitud del Fiscal y decreta la DESESTIMACION DE LA DENUNCIA, interpuesta por el ciudadano MUCHRIF SALAH, venezolano, mayor de edad, de estado civil soltero, de profesión u oficio Comerciante, titular de la cédula de identidad N° 20.723.004, residenciado en la Calle Comercio, Carrera 1, casa Nº 61, Mantecal Estado Apure, en contra de PERSONAS DESCONOCIDAS, por el delito de AMENAZAS, previsto y sancionado en el último aparte del artículo 175 del Código penal. Firme la presente decisión remítanse las presentes actuaciones a la Fiscalía Quinta del Minis.....