Con base en las consideraciones anteriormente expuestas, este Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios San Fernando y Biruaca de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA EXTINGUIDO EL VÍNCULO MATRIMONIAL, contraído por los ciudadanos, PARRA RAFAEL ANTONIO y RIVAS BOLIVAR DEISY LORENA, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio, titulares de las cédulas de identidad N°s. 9.869.941 y 11.759.412, respectivamente, asistidos por el Abogado JORGE LUIS MILANO SILVA, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 120.659. El cual contrajeron en fecha 03 de abril del año 1990 por ante el Prefecto del Distrito Achaguas, Estado Apure, según consta del documento cursante al folio dos (02) del expediente, acta Nº 03, expedida por el Registro Civil del Municipio Achaguas, Estado Apure.