En el caso bajo estudio quien aquí decide hace destacar que el solicitante pide a este Tribunal que se decrete y ratifique la Medida de Prohibición de Enajenar y Gravar sobre: Un lote de sabana propia y un conjunto de bienhechurías que en conjunto integran el fundo agropecuario JUANA PORO, ubicado en el sector 2 los módulos, parroquia Quintero, municipio Muñoz del estado apure, cuyas especificaciones y construcción se evidencian del documento de compra venta que hizo el accionado lo cual son las siguientes: Conformado por dos casas, distribuida la primera en tres (03) habitaciones, cocina, sala, comedor, baño, con servicio de agua potable y servida, piso de cemento, techo de acerolit, paredes de bloque, puertas y ventanas de hierro y la otra con techo de zinc, piso de cemento y paredes de bloque, distribuidas de una habitación y cocina, un lavandero y baño anexo, un molino corrales, manga paradero y embarcadero para semoviente, cercas perimetrales de estantillos de madera y alambre de .....