PRIMERO: De conformidad con el Artículo 330 del Código Orgánico Procesal Penal, ADMITE LA TOTALIDAD DE LA ACUSACION propuesta por el Ministerio Publico en contra de la ciudadana: MATOS HURTADO YANEYR ALEJANDRA, Titular de la cedula de identidad Nº v ¿ 19.149.056, por la comisión del delito de ROBO AGRAVADO, en grado de Tentativa, previsto y sancionado en el artículo 458 del Código Penal Vigente, en relación con los artículo 80 y 82 ejusdem.-
SEGUNDO: SE ADMITE LA TOTALIDAD DE LAS PRUEBAS OFERTADAS por el Ministerio Publico y la Defensa y con correspondencia al Principio de la Comunidad de la Prueba, quedan adheridas las partes de manera reciproca a las mismas para que sean debatidas en su oportunidad.-
TERCERO: Se decreta el sobreseimiento a favor del ciudadano: CASTILLO CABRERA JUAN MIGUEL, Titular de la cedula de identidad Nº v ¿ 13.255.817, por el delito de ROBO AGRAVADO, en grado de Tentativa, previsto y sancionado en el artículo 458 del Código Penal Vigente, en relación con .....