Por todo lo antes expuesto que este TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA PENAL EN FUNCIONES DE EJECUCIÓN DE PENAS Y MEDIDAS DE SEGURIDAD DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO APURE, EXTENSIÓN GUASDUALITO, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, DECLARA LA EXTINCIÓN DE LA RESPONSABILIDAD CRIMINAL, a favor del penado ISMAEL CONTRERAS CONTRERAS, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V.- 2.479.155, quien fue condenado por la comisión del delito de ABUSO SEXUAL Y TRATO CRUEL A NIÑA, previsto y sancionado en el artículo 259 y 254 de la Ley Orgánica de Protección del Niño y del Adolescente, cometido en perjuicio de la niña (se omite su identidad por ser menor de edad). En consecuencia, queda ISMAEL CONTRERAS CONTRERAS, en LIBERTAD PLENA. Todo de conformidad con el artículo 105 del Código Penal. Notifíquese a las partes. En la debida oportunidad legal, remítase la Causa al Archivo Judicial para ser agregada a las .....