Por las razones expuestas, este Juzgado Superior en lo Civil (Bienes), Contencioso-Administrativo y Agrario de la Circunscripción Judicial de la Región Sur, administrando justicia en nombre de la República, por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: TERMINADO EL PROCEDIMIENTO, por abandono del trámite, correspondiente al Recurso de Amparo Constitucional interpuesto por el ciudadano RAFAEL LUGO UZCATEGUI, quien en vida ostentara la cedula de identidad N° 1.831.584, debidamente asistido por la abogada en ejercicio, AMAIRA RODRÍGUEZ, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 5.248, contra decisión dictada en fecha 03 de Diciembre de 2004, por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario de Transito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Apure.-