III
DISPOSITIVA
En consecuencia, este Tribunal administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara: SIN LUGAR la presente acción de DAÑOS Y PERJUICIOS con ocasión de Accidente de Tránsito incoada por la ciudadana SILVIA SANTIAGA GARCIA MEZA en contra del ciudadano GEOVANI DARIO VALDERRAMA DURAN y de la empresa SEGUROS LA SEGURIDAD C.A., representada por la ciudadana CECILIA GOMEZ en su carácter de Gerente, y así se decide. Se EXONERA en costas por la naturaleza del fallo. Notifíquese a las partes de la presente decisión, de conformidad con el artículo 251 del Código de Procedimiento Civil. Líbrese boletas.
Publíquese, regístrese y déjese copia de la presente decisión.
Dada, firmada, sellada y refrendada en la Sala de Despacho de este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, de Tránsito y del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, a las dos y treinta minuto.....