DISPOSITIVA
Por todos los razonamientos antes expuestos éste Tribunal Segundo de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Apure, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, ACUERDA:
PRIMERO: Libertad Provisional al penado RAMIREZ PACHECO JOSE LUIS, venezolano mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 9.691.554, residenciado en el Barrio Alagón calle línea la papelera casa n 01, de esta ciudad de San Fernando Estado Apure, hasta tanto se le realice el Informe Psico-social y se cumpla con los requisitos establecidos a que se refiere el Artículo 494 del Código Orgánico Procesal, a los fines de que le sea otorgada la Suspensión Condicional de la Ejecución de la Pena.
SEGUNDO: Queda obligado el ciudadano RAMIREZ PACHECO JOSE LUIS, ya identificado a realizar presentaciones ante este Tribunal cada ocho (8) días entre una presentación y otra, para ello, este Tribu.....