D I S P O S I T I V A
Por todos los razonamientos de hecho y de derecho, este Tribunal Primero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Apure, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECLARA:
PRIMERO: Se declara con lugar la aprehensión en flagrancia del ciudadano: ELVIS ALVARADO PEREZ FERNANDEZ, de nacionalidad venezolana, mayor de edad, soltero, titular de la Cédula de Identidad Nro. V-20.408.974, de profesión u oficio Trabaja en la cauchera de la estación de servicios Texaco, hijo de Pastor Pérez (v) y Sinarú Fernández (V) y residenciado en Rabanal, al lado del Senón, Biruaca, Estado Apure, en virtud de que llenan los requisitos establecidos en el artículo 248 del Código Orgánico Procesal Penal, concatenado con el artículo 44 ordinal numero 1 de la Constitución Nacional de la República Bolivariana de Venezuela. Y así se decide.
SEGUNDO: Este Tribunal acoge la precalificación establecida por el representa.....