DECLARA CON LUGAR la demanda de Obligación Alimentaria, solicitada por la ciudadana DACALÍ BOCANEY ORIBIO, contra el ciudadano WALNER EDUARDO AGUILAR ampliamente identificados, a favor del niño RAFAEL EDUARDO DE JESUS AGUILAR BOCANEY conforme al artículo 369 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, así como su establecimiento en salarios mínimos urbanos vigentes, en los términos antes expuestos.-
PRIMERO: SE DECLARA CON LUGAR la solicitud de obligación Alimentaria, a favor del niño RAFAEL EDUARDO DE JESUS AGUILAR BOCANEY por la cantidad de CIENTO VEINTE MIL BOLIVARES (BS. 120.000,oo) mensuales, equivalentes al 48% del salario mínimo urbano, a partir del mes presente mes, más embargo del 25,93% del Bono Vacacional y la Bonificación especial de fin de año, a fin de cubrir necesidades básicas del niño en referencia como Ropa, Calzados y Medicinas cuando el niño lo requiera. Sumas estas que deben ser descontadas por parte del organismo empleador y depo.....