II
DISPOSITIVA
Por los razonamientos expuestos, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, pasa a emitir el siguiente pronunciamiento:
UNICO: Declara INADMISIBLE, la Acción de Amparo Constitucional incoada el 14-06-2013 por el Abg. NELSON ASCANIO VALENZUELA, en su carácter de Abogado Defensor del ciudadano MAXIMO DEL CARMEN GONZALEZ, por presunta infracción de los artículos 26 y 51 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, contra el Juez 1° de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Apure Abg. EDWIN MANUEL BLANCO, por falta de pronunciamiento y de Trámite de Archivo Judicial correspondiente al Asunto 1C-13.052-10; todo de conformidad a lo preceptuado en el artículo 19 de la Ley Orgánica de Amparo Sobre Derechos y Garantías Constitucionales.-
Publíquese,.....