Con base en los razonamientos anteriores expuestos, éste Tribunal, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara CONVERTIDA EN DIVORCIO LA SEPARACIÓN DE CUERPOS POR MUTUO CONSENTIMIENTO de los cónyuges LUCIO ARCANTARO CORDOBA Y NORIS YUDHIT CARBALLO LARA, ya identificados.
Liquídese la Comunidad Conyugal.
Publíquese, regístrese y déjese copia certificada.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho de este Juzgado, a los Doce (12) días del mes de Mayo de Dos Mil Seis. AÑOS: 196° de la Independencia y 147° de la Federación.
LA JUEZ TEMPORAL,
DRA. SANDRA NORIEGA DE RIVERO
LA SECRETARIA,
ABG. GRACIELA TORREALBA
En esta misma fecha, siendo las 10:30 a.m., se publicó y registró ésta Sentencia.
LA SECRETARIA,
ABG. GRACIELA TORREALBA
Mariela.-
EXP. Nº 4.868