Por las razones de hecho y de derecho precedentemente expuestas, este Juzgado Superior en lo Civil (Bienes), Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial del Estado Apure y Municipio Arismendi del Estado Barinas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de La Ley, resuelve:
Primero: Declarar Consumada la Perención y Extinguida la Instancia en la presente Querella Funcionarial, ejercida por la ciudadana Ramos Hernández Johana Naylo, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº. 20.091.628, debidamente representada por el abogado Marcos E. Goitia, Inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 75.239, contra el Ministerio del Poder Popular para la Educación, acción de hecho y derecho funcionarial.
Segundo: Notifíquese a la parte querellante de la presente decisión.